Ingredientes tecnológicos de los alimentos

En ocasiones, al elaborar alimentos es preciso emplear una serie de sustancias que son capaces de ejercer determinados efectos tecnológicos sin cuya utilización no sería posible la comercialización de muchos de los alimentos que hoy en día están disponibles en el mercado.

Algunas de estas sustancias terminan formando parte de la composición de los alimentos en cuya elaboración se utilizan convirtiéndose en ingredientes de los mismos. Este es el caso de, los aditivos, los aromas y algunos enzimas.


Otras, como los coadyuvantes tecnológicos, se emplean únicamente durante el proceso de producción, pero no permanecen en el alimento en cuya elaboración se han utilizado o lo hacen en una concentración insuficiente para ejercer un efecto tecnológico en el producto final, por lo que no se consideran  ingredientes del mismo.
 

Este grupo de sustancias (aditivos, aromas, enzimas y coadyuvantes tecnológicos) se denominan ingredientes tecnológicos o agentes de mejora de los alimentos).
 

Todos ellos están sometidos a una estricta regulación y su empleo está supeditado a que se garantice la seguridad de los consumidores.
 

Mientras que en el caso de los aditivos, aromas y enzimas existe regulación armonizada en forma de reglamentos que garantizan que su aplicación sea exactamente igual en todos los Estados miembros de la Unión Europea, en el caso de los coadyuvantes tecnológicos y salvo alguna excepción como es el caso de los disolventes de extracción o los coadyuvantes tecnológicos utilizados en vino, no existe legislación armonizada y por tanto resulta de aplicación la legislación que en cada caso exista en los Estados miembros de la Unión Europea.

Tipos de ingredientes tecnológicos de los alimentos

Procedimiento común de autorización

Cualquier parte que esté interesada podrá solicitar la autorización de un nuevo aditivo, aroma o enzima o solicitar la modificación de las condiciones de uso de cualquier aditivo, aroma o enzima que ya se encuentre autorizado de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento (CE) Nº 1331/2008, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, enzimas y aromas alimentarios.

 

Puede disponerse de más información al respecto de este procedimiento a través del siguiente enlace:

Common Authorisation Procedure