Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables

El etiquetado, presentación y publicidad de un número cada vez mayor de alimentos contienen declaraciones nutricionales y de propiedades saludables.

Una DECLARACIÓN es cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio con arreglo a la legislación comunitaria o nacional, incluida cualquier forma de representación pictórica, gráfica o simbólica, que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee unas características específicas.


Las declaraciones son VOLUNTARIAS, es decir, no forman parte de las menciones obligatorias que deben figurar en el etiquetado de los alimentos. No obstante, si un operador alimentario decide utilizarlas, debe hacerlo cumpliendo las condiciones de uso establecidas para cada una de ellas y, además, ser conformes a unas reglas claramente establecidas en la normativa vigente.


De forma general, debemos saber que todas las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que se encuentran autorizadas han tenido que someterse previamente a un procedimiento en el que tienen que demostrar que están basadas en datos científicos sólidos que son evaluados por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y autorizadas a nivel europeo.


Hay dos tipos de declaraciones: nutricionales y de propiedades saludables.

Declaraciones nutricionales

Una declaración nutricional es cualquier declaración que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee propiedades nutricionales benéficas específicas con motivo del aporte energético, nutrientes u otras sustancias (que contiene o que no, o que contiene en proporciones reducidas o incrementadas).


Solo están permitidas las declaraciones nutricionales autorizadas y siempre que se ajusten a las condiciones fijadas. Por ejemplo: Fuente de fibra: solo puede declararse si el alimento contiene como mínimo 3 gramos de fibra o 1,5 gramos de fibra por 100 Kcal.

Declaraciones nutricionales autorizadas

Declaraciones comparativas

Las declaraciones comparativas son aquellas que se realizan entre alimentos de la misma categoría. Las declaraciones nutricionales comparativas deben realizarse con una gama de alimentos de esa categoría que no tienen una composición que les permita efectuar una declaración, incluidos alimentos de otras marcas. Las declaraciones nutricionales comparativas deben referirse a la misma cantidad de alimento y debe indicarse la diferencia en la cantidad de un nutriente o en el valor energético.


Por ejemplo: contenido reducido de [NOMBRE DEL NUTRIENTE], LIGHT/LITE (LIGERO).

Declaraciones de propiedades saludables

Las declaraciones de propiedades saludables son aquellas que relacionan un alimento o uno de sus componentes con la salud. A su vez, se clasifican en:

Registro de la unión

Las declaraciones de propiedades saludables se incluyen en un Registro comunitario, donde figuran las autorizadas y sus condiciones de uso, además de las rechazadas y los motivos del mismo.


Puede consultar las declaraciones de propiedades saludables sobre las que se ha tomado una decisión en el Registro de la UE.

Recopilación de normativa de “declaraciones nutricionales y saludables”

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición facilita una recopilación de normativa de "Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables" que contempla todas las declaraciones autorizadas bajo el Reglamento 1924/2006. 

El objetivo es que los consumidores y cualquier persona interesada puedan contar con una herramienta sencilla de usar, intuitiva y versátil que les ayude a familiarizarse con las declaraciones que figuran en los alimentos que se comercializan en nuestro país, conociendo así cuáles están autorizadas, en qué condiciones, así como las advertencias de seguridad, en su caso. 


De este modo se facilita una información rigurosa en este tema tan actual y sobre el que tantos mensajes erróneos y confusos circulan por los medios y las redes sociales.


Asimismo, es necesario señalar que en el mercado podemos encontrar declaraciones que no son idénticas a las autorizadas a nivel europeo. Se permite cierta flexibilidad en su redacción, pero el texto adaptado debe tener el mismo significado para los consumidores que el de las declaraciones autorizadas, y estar sujetas a las mismas condiciones de uso, no pudiendo hacerse más fuertes, convertirse en engañosas, ni referirse a una declaración medicinal, porque ningún alimento puede hacer referencia a que previene, cura o trata una enfermedad.

Presentación de solicitudes bajo artículos 13.5 y 14

Se trata de solicitudes basadas en pruebas científicas recientemente obtenidas y/o que incluyan una solicitud de protección de datos sujetos a derechos de propiedad industrial (artículo 13.5) y aquellas que son declaraciones relativas a la reducción del riesgo de enfermedad (14.1.a), o declaraciones relativas al desarrollo y salud de los niños (artículo 14.1.b).

En virtud del artículo 15.3 del Reglamento (CE) 1924/2006, sobre declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, todas las solicitudes deben prepararse y presentarse según la guía científica y técnica para la preparación y presentación de las solicitudes de declaraciones saludables, elaborada por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
Debe asegurarse que la redacción de declaración de propiedades saludables propuesta en la solicitud, esté clasificada adecuadamente dentro del ámbito bien del artículo 13.5, o bien del artículo 14 del Reglamento (CE) nº 1924/2006.
Procedimiento de autorización de nuevas declaraciones (Artículos 15–19 del Reglamento)

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