Aditivos alimentarios
Los aditivos son sustancias que se añaden a los alimentos con un propósito tecnológico (para mejorar su aspecto, textura, resistencia a los microorganismos, etc.) en distintas etapas de su fabricación, transporte o almacenamiento.
Dependiendo de los efectos que los aditivos son capaces de ejercer, se clasifican en 27 clases funcionales distintas. Por ejemplo, los colorantes son aditivos que se añaden para proporcionar un color a los alimentos o para restablecer el color de los alimentos, mientras que los conservadores aumentan la vida útil de los mismos.
Todos los aditivos que se usan en la Unión Europea deben haber sido autorizados y para ello deben cumplir con una serie de condiciones:
- No plantear, sobre la base de las pruebas científicas disponibles y al nivel de uso propuesto, problemas de seguridad para la salud del consumidor.
- Existir una necesidad tecnológica razonable que no puede ser satisfecha por otros medios económica y tecnológicamente practicables.
- No inducir a error al consumidor.
Como los aditivos terminan formando parte de la composición de los alimentos, deben figurar en la lista de ingredientes de aquellos en cuya elaboración se utilizan y lo harán designando la clase funcional que le corresponde, seguida por su denominación específica o, si procede, por el número E. Por ejemplo, cuando se utiliza ácido acético como antioxidante, en la lista de ingredientes se podrá encontrar: “antioxidante (ácido acético)” o “antioxidante (E 260)”.
Guías específicas
Cualquier parte que esté interesada podrá solicitar la autorización de un nuevo aditivo o la modificación de las condiciones que existan para un aditivo ya autorizado de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto sobre el que puede disponerse más información utilizando el enlace anterior.
Para ayudar en la elaboración de las solicitudes y de los dosieres correspondientes que deben presentarse al realizar una solicitud para autorización o modificación de las condiciones de uso de un aditivo y para explicar como se realizan las evaluaciones de seguridad, EFSA ha elaborado una serie de guías a las que se puede acceder utilizando el enlace anterior.
Guías de EFSA para la evaluación de aditivos y presentación de datos
Los aditivos autorizados en la Unión Europea y las condiciones de uso de los mismos cuando se emplean en la elaboración de alimentos se establecen en el Reglamento (CE) Nº 1333/2008, sobre aditivos alimentarios.
Más concretamente, las condiciones de uso se establecen en la parte E del anexo II del mencionado Reglamento (CE) Nº 1333/2008 que se organiza en categorías alimentarias. De tal manera, que para conocer los aditivos cuyo uso se encuentra permitido en un alimento es imprescindible conocer la categoría alimentaria en la que dicho alimento se clasifica.
Precisamente con la intención de facilitar esa tarea, la Comisión Europea publicó el documento de orientación para facilitar la clasificación de los alimentos en una de las categorías alimentarias de la parte E del anexo II del Reglamento (CE) Nº 1333/2008 al que se puede acceder utilizando el enlace anterior.
Guía de descripción de categorías alimentarias en el Reglamento sobre aditivos