Alimentos para grupos específicos de población
A continuación, puede consultar la normativa que regula los preparados para lactantes y de continuación, los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, los alimentos para usos médicos especiales, los alimentos sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y los alimentos para personas con intolerancia al gluten.
Preparados para lactantes y de continuación
Disposiciones comunitarias de directa aplicación
relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) n.º 41/2009 y (CE) n.º 953/2009 de la Comisión.
que complementa el Reglamento (UE) N° 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de composición e información aplicables a los preparados para lactantes y preparados de continuación, así como a los requisitos de información sobre los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad
Disposiciones nacionales
por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria específica de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación. (B.O.E. 30.05.2008)
por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria específica de los preparados para lactantes y preparados de continuación destinados a la exportación a países terceros. (B.O.E. 06.11.1993)
por el que se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población. (B.O.E. 27.12.2018)
Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles
Disposiciones nacionales
por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria específica de los Alimentos Elaborados a Base de Cereales y Alimentos Infantiles para Lactantes y Niños de Corta Edad. (B.O.E. 07.04.1998)
por el que se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población. (B.O.E. 27.12.2018)
Alimentos para usos médicos especiales
Disposiciones comunitarias de directa aplicación
relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) n.º 41/2009 y (CE) n.º 953/2009 de la Comisión.
que complementa el Reglamento (UE) N° 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de composición e información aplicables a los alimentos para usos médicos especiales (Será de aplicación a partir del 22 de febrero de 2019, excepto lo relativo a los alimentos para usos médicos especiales destinados a satisfacer las necesidades nutricionales de los lactantes que será aplicable a partir del 22 de febrero de 2020)
por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/128 en lo que respecta a los requisitos sobre los plaguicidas en los alimentos para usos médicos especiales desarrollados para satisfacer las necesidades nutricionales de los lactantes y niños de corta edad (Texto pertinente a efectos del EEE)
Disposiciones nacionales
por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria específica de los alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales. (B.O.E. 10.06.00)
por la que se establece el procedimiento para la inclusión de los alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la oferta de productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud y para la aplicación de los importes máximos de financiación. (BOE 19.11.2010).
por el que se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población. (B.O.E. 27.12.2018)
Comunicaciones procedentes de las instituciones, órganos y organismos de la unión europea
Alimentos destinados a ser utilizados en dietas de bajo valor energético para reducción de peso
Disposiciones comunitarias de directa aplicación
relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) n.º 41/2009 y (CE) n.º 953/2009 de la Comisión.
que complementa el Reglamento (UE) n.° 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de composición e información aplicables a los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso
Disposiciones nacionales
por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria específica de los productos alimenticios destinados a ser utilizados en dietas de bajo valor energéticos para reducción de peso. (B.O.E. 24.09.1997)
por el que se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población. (B.O.E. 27.12.2018)
Alimentos para personas con intolerancia al gluten
Disposiciones comunitarias de directa aplicación
sobre la composición y etiquetado de los productos alimenticios apropiados para personas con intolerancia al gluten. (Quedará derogado con efectos a partir del 20 de julio de 2016.)
relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos. (Será de aplicación a partir del 20 de julio de 2016).