Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables
15/06/21
El etiquetado, presentación y publicidad de un número cada vez mayor de alimentos contienen declaraciones nutricionales y de propiedades saludables.
El principal objetivo de la legislación europea que lo regula es garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores y facilitar que éstos elijan la opción más saludable entre los diferentes alimentos. Además, existe una normativa europea que garantiza que las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que se hagan sean veraces, claras, fiables y útiles para el consumidor.
Las declaraciones son voluntarias, es decir, no forman parte de las menciones obligatorias que deben figurar en el etiquetado de los alimentos. No obstante, si un operador alimentario decide utilizarlas, debe hacerlo cumpliendo las condiciones de uso establecidas para cada una de ellas y, además, ser conformes a unas reglas claramente establecidas en la normativa vigente.
De forma general, debemos saber que todas las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que se encuentran autorizadas han tenido que someterse previamente a un procedimiento en el que tienen que demostrar que están basadas en datos científicos sólidos que son evaluados por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y autorizadas a nivel europeo.
Una DECLARACIÓN es cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio con arreglo a la legislación comunitaria o nacional, incluida cualquier forma de representación pictórica, gráfica o simbólica, que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee unas características específicas.
Hay dos tipos de declaraciones: nutricionales y de propiedades saludables.
Una declaración nutricional es cualquier declaración que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee propiedades nutricionales benéficas específicas con motivo del aporte energético, nutrientes u otras sustancias (que contiene o que no, o que contiene en proporciones reducidas o incrementadas). Solo están permitidas las declaraciones nutricionales autorizadas y siempre que se ajusten a las condiciones fijadas. Por ejemplo: Fuente de fibra: solo puede declararse si el alimento contiene como mínimo 3 gramos de fibra o 1,5 gramos de fibra por 100 Kcal.
Puede consultar las declaraciones nutricionales autorizadas en este enlace.
Las declaraciones de propiedades saludables son aquellas que relacionan un alimento o uno de sus componentes con la salud. A su vez, se clasifican en:
- Relativas al crecimiento y salud de los niños.
Por ejemplo: Las proteínas son necesarias para el crecimiento y desarrollo normales de los huesos en los niños.
Puede consultar las autorizadas en el siguiente enlace.
- Relativas a la reducción del riesgo de enfermedad
Por ejemplo: Los fitoesteroles reducen el colesterol en sangre. Una tasa elevada de colesterol constituye un factor de riesgo en el desarrollo de cardiopatías coronarias.
Puede consultar las autorizadas en el siguiente enlace.
- Distintas de las de reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y salud de los niños
Por ejemplo: La vitamina C contribuye al funcionamiento normal del sistema inmunitario.
Puede consultar las autorizadas en el siguiente enlace.
- Basadas en pruebas científicas recientemente obtenidas y/o con protección de los datos
Por ejemplo: Los flavanoles del cacao ayudan a mantener la elasticidad de los vasos sanguíneos, lo que contribuye a un flujo sanguíneo normal.
Puede consultar las autorizadas en el siguiente enlace.
Las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables se incluyen en un Registro comunitario, donde figuran las autorizadas y sus condiciones de uso, además de las rechazadas y los motivos del mismo.
Adicionalmente, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición facilita un buscador de "Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables" que contempla todas las declaraciones autorizadas bajo el Reglamento 1924/2006.
El objetivo es que los consumidores y cualquier persona interesada puedan contar con un buscador sencillo de usar, intuitivo y versátil que les ayude a familiarizarse con las declaraciones que figuran en los alimentos que se comercializan en nuestro país, conociendo así cuáles están autorizadas, en qué condiciones, así como las advertencias de seguridad, en su caso.
De este modo se facilita una información rigurosa en este tema tan actual y sobre el que tantos mensajes erróneos y confusos circulan por los medios y las redes sociales.
Acceda al buscador de Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables
Conviene además saber que, en ocasiones, en el etiquetado, presentación y publicidad de un alimento pueden figurar marcas comerciales, símbolos o menciones generales (por ejemplo: “bueno para tu piel”), que son consideradas declaraciones de propiedades saludables de carácter general no autorizadas específicamente. Todas ellas deben ir acompañadas de una declaración de propiedades saludables específica autorizada y que esté relacionada con la misma. Por ejemplo, próxima a la mención “bueno para tu piel” debe figurar la declaración “la niacina contribuye al mantenimiento de la piel en condiciones normales”.
Asimismo, es necesario señalar que en el mercado podemos encontrar declaraciones que no son idénticas a las autorizadas a nivel europeo. Se permite cierta flexibilidad en su redacción, pero el texto adaptado debe tener el mismo significado para los consumidores que el de las declaraciones autorizadas, y estar sujetas a las mismas condiciones de uso, no pudiendo hacerse más fuertes, convertirse en engañosas, ni referirse a una declaración medicinal, porque ningún alimento puede hacer referencia a que previene, cura o trata una enfermedad.
Adicionalmente a las declaraciones de propiedades saludables autorizadas que pueden consultarse en este buscador, también pueden seguir utilizándose bajo la responsabilidad de los operadores de empresas alimentarias, siempre y cuando se ajusten a lo establecido en el Reglamento y a las disposiciones nacionales existentes que se les apliquen, aquellas declaraciones solicitadas al amparo del Art. 13.1 del Reglamento 1924/2006 que se encuentren pendientes de evaluación y/o autorización por parte de la Unión Europea.
Estas declaraciones de propiedades saludables (DPS) pendientes (on-hold) que corresponden a las especies botánicas, a las referidas al desarrollo y salud de los niños, cafeína y lactosa, pueden consultarse en el siguiente link:
http://www.efsa.europa.eu/en/topics/topic/general-function-health-claims-under-article-13
Para poder emplear las DPS on-hold que están en el listado anterior deben cumplir con:
- Los principios generales del R(CE) 1924/2006
- No se refieran a propiedades de prevenir, tratar o curar enfermedades.
- No sean referidas a sustancias que tengan consideración de Nuevos alimentos (no autorizados)
- No estén en contra de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y Nutrición, sobre Publicidad de los alimentos, en concreto:
- las relativas adelgazamiento
- las relativas al rendimiento físico, psíquico, deportivo ó sexual
Para su correcta utilización, su redacción debe ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento 1924/2006 y a los criterios recogidos en el documento “Principios Generales de Flexibilidad en la Redacción de Declaraciones de Propiedades Saludables”.
AESAN ha elaborado unas recomendaciones a los consumidores para la comprensión de las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que figuran en el etiquetado de los alimentos.
Puede ampliar esta información a través de los enlaces que figuran en la parte superior de esta página.