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Celulosa regenerada

 

Se entiende por materiales de celulosa regenerada, la hoja delgada obtenida a partir de celulosa refinada procedente de madera o algodón no reciclados. Por exigencias técnicas, pueden añadirse sustancias adecuadas en la masa o en superficie que faciliten su obtención. Las películas de celulosa regenerada podrán estar recubiertas por uno de sus lados o por ambos lados.

Las películas de celulosa regenerada reguladas por la legislación pertenecen a una de las categorías siguientes:

  • Películas de celulosa regenerada no recubiertas.
  • Películas de celulosa regenerada con recubrimientos derivados de la celulosa.
  • Películas de celulosa regenerada recubiertas de material plástico.

La legislación para estos materiales se dispone en el Real Decreto 1413/1994, de 25 de Junio, por el que se aprueban las normas Técnico-Sanitarias sobre los materiales y objetos de película de celulosa regenerada para uso alimentario en el que se establecen las sustancias autorizadas para su fabricación en sus forma recubierta y no recubierta, así como las restricciones aplicables a cada una de ellas. Las disposiciones que figuran en este real decreto, garantizan la incorporación al ordenamiento jurídico español de aquellas que se establecieron mediante la Directiva 2007/42/CE de la Comisión, de 29 de junio de 2007, relativa a los materiales y objetos de película de celulosa regenerada destinados a entrar en contacto con productos alimenticios.

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