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Bisfenol A

 

Los bisfenoles son un grupo numeroso de sustancias químicas con estructura y usos químicos similares. Se utilizan para producir polímeros y resinas que, a su vez, pueden emplearse para fabricar materiales plásticos. Dadas sus propiedades peligrosas, el uso de algunos bisfenoles ha sido restringido y se adoptan medidas de gestión del riesgo en su empleo para proteger la salud de las personas y del medio ambiente. El bisfenol más conocido es el bisfenol A (BPA).

El BPA se utiliza, por ejemplo, en plásticos de policarbonato, un tipo de plástico transparente y rígido utilizado para fabricar dispensadores de agua, recipientes de almacenamiento y botellas de bebidas reutilizables. También se utiliza para producir resinas epoxídicas empleadas para fabricar recubrimientos protectores, láminas para latas y cubas de bebidas y alimentos. Su uso fue prohibido en 2011 para la fabricación de biberones de policarbonato; en el año 2018, se prohibió en botellas y envases de plástico destinados a productos de alimentación infantil. En el 2020, fue prohibido en recibos de papel térmico.

La primera evaluación de seguridad del bisfenol A fue realizada por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (la Autoridad o EFSA) en el año 2006. En dicha evaluación, momento en el que ya entonces existían ciertas preocupaciones sobre la exposición a través de la dieta, se estableció una ingesta diaria tolerable (IDT o TDI en sus siglas en inglés) de 50 microgramos por kilogramo de peso corporal y día (μg/kg pc/día); esta ingesta diaria tolerable sería la cantidad estimada de una sustancia química que puede ser ingerida diariamente durante la vida sin presentar un riesgo importante para la salud. Desde entonces hasta la actualidad, el BPA ha sido objeto de varias evaluaciones hasta que, en el año 2023 se publicó la opinión definitiva en la que la Autoridad, estableciendo una ingesta diaria tolerable final de 0,2 ng/kg pc/día. Se trata de una cifra 20.000 veces inferior al valor temporal propuesto inicialmente.

Al emplearse en materiales y objetos en contacto con los alimentos, cantidades muy pequeñas pueden migrar a los mismos y por ello es necesario evitar la presencia del mismo. Esta situación hace del todo inviable seguir manteniendo el uso del bisfenol A en las condiciones establecidas en el Reglamento (UE) 10/2011 de la Comisión, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.

En consecuencia, la Comisión Europea y los Estados miembros adoptamos una medida de gestión del riesgo, el Reglamento (UE) 2024/3190 de la Comisión, en el que se establecen requisitos específicos relativos al bisfenol A y a sus sales, así como a otros bisfenoles y sus derivados. Dicha medida se centra en regular su uso para fabricar materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, así como establecer requisitos específicos relativos al contenido de este producto en los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos que se hayan fabricado utilizando otro bisfenol o derivado de bisfenol. De este modo, se prohíbe el uso de bisfenol A y de sus sales para fabricar los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos recogidos en la medida, así como la comercialización en la Unión de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos que se fabriquen utilizando esta sustancia. Esto supone que aquellos operadores que quieran utilizar el bisfenol A y sus sales para fabricar materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos deberán presentar una nueva solicitud de autorización y habrán de usarlo sujeto a las restricciones establecidas en la medida publicada. Finalmente, dado que esta medida supone un cambio significativo en el uso de materiales y objetos formulados específicamente para entrar en contacto con alimentos, y que los explotadores de empresas han dependido durante varias décadas de esta sustancia para fabricar materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, se han establecido varios periodos transitorios para su aplicación. Mediante estos periodos, se garantiza tanto la seguridad alimentaria de los consumidores, como el hecho de no crear disrupciones en el mercado interior de la Unión Europea que supongan un desabastecimiento de alimentos y de los materiales que los contienen.

Dada la complejidad de la medida y los efectos que tanto para la ciudadanía como para el sector alimentario tiene la misma, la Comisión ha publicado una nota de orientación sobre la aplicación del Reglamento (UE) 2024/3190 de la Comisión. Compuesta por cinco secciones a lo largo de las cuales se reparten 40 cuestiones que recorren las distintas partes del reglamento, al mismo tiempo que incluye una tabla explicativa sobre los periodos transitorios estipulados en la norma. Con esta publicación se busca mejorar la accesibilidad y el cumplimiento de tan necesaria normativa.