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Real Decreto sobre información alimentaria en alimentos no envasados

 

El 4 de marzo de 2015 se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.

El Real Decreto aprobado persigue mejorar la información alimentaria que se facilita a los consumidores, asegurando al mismo tiempo a la flexibilidad necesaria para responder a las diferentes modalidades de suministro de los alimentos sin envasar. Mantiene las exigencias de información alimentaria que para los alimentos sin envasar ya se recogen en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

Se establece además un tamaño mínimo de letra en las etiquetas de los productos envasados por los titulares del comercio minorista, y se regula la información de los alimentos cubiertos por la norma en los casos de venta mediante comunicación a distancia, en línea con las disposiciones del Reglamento (UE) 1169/2011.

En el nuevo Real Decreto se regulan las modalidades de información alimentaria sobre la presencia de ingredientes que causan alergias e intolerancias,  que por primera vez son exigibles en el caso de los alimentos que se comercializan sin envasar o que se envasan en el punto de venta (comercio minorista, restauración). Asimismo, se permite, en determinados supuestos, que la transmisión de la información sobre los ingredientes que causan alergias e intolerancias se realice de forma oral previo cumplimiento de ciertos requisitos adicionales que permitan asegurar que dicha información es verificable, garantizando así un alto nivel de protección de los consumidores.

En definitiva, este Real Decreto redundará en una mejora de la información puesta a disposición de los consumidores y de la calidad del servicio prestado por los establecimientos afectados.

Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.

El Real Decreto 126/2015 tiene un error a lo largo del texto del artículo 6  apartado 5, de tal manera que:

Donde figura “artículo 4.2”

Debe figurar ”artículo 4.1.b”

Corrección de errores del Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.

AECOSAN ha elaborado una Guía de la aplicación de las exigencias de información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.

El objetivo de esta Guía, basada en parte en el documento Allergen information for loose foods de la Food Standard Agency británica, es ayudar a los operadores de empresas alimentarias y a las autoridades encargadas del control oficial, a entender y aplicar el Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero. Sin embargo, no tiene valor jurídico alguno y, en caso de conflicto, la interpretación de la legislación incumbe en última instancia a los Tribunales de Justicia. La presente Guía debe consultarse en relación con el citado Real Decreto y con el Reglamento (UE) Nº 1169/2011, de25 de octubre, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.