Recursos humanos, técnicos y materiales

 

Para planificar y ejecutar los controles oficiales de forma efectiva es necesario disponer de recursos suficientes, tanto humanos como materiales, y conocer con qué recursos se cuenta para establecer una priorización de los mismos que sea realista y que se base en el riesgo.

Dentro de este apartado, se incluyen los siguientes aspectos de interés para el control oficial:

Autoridades competentes y órganos de coordinación

De acuerdo con lo establecido en la información general del PNCOCA, las competencias ejecutivas recaen en las comunidades autónomas, por lo que cada una de ellas dispone de un sistema de control propio, con una planificación y unos métodos para la ejecución de los controles diferentes en cada territorio. En algunos casos las entidades locales pueden también participar.

Las competencias que la AESAN tiene en esta materia son de coordinación de las actividades de las CCAA y las relaciones internacionales.

En el Anexo I se puede consultar el listado de las CCAA encargadas de estos controles, sus páginas Web y las normas jurídicas por las que se hayan designados al efecto.

Para conseguir una aplicación uniforme del Reglamento (UE) 2017/625, y que los diferentes sistemas de control funcionen de forma homogénea, existen órganos de coordinación interterritoriales e intersectoriales, cuya finalidad es coordinar las actividades de la AESAN y a las DGSP-CCAA. En estos órganos se aprueban procedimientos, programas de control, guías y criterios homogéneos de interpretación normativa.

Existen órganos de coordinación de carácter general y sectorial. En el Anexo II se detallan estos órganos de coordinación, así como todos aquellos existentes en las CCAA.

Asistencia Mutua. Punto de contacto en España

La asistencia mutua deriva de la necesidad de actuación en más de un Estado miembro de la UE cuando el resultado de los controles oficiales así lo requiera.

La asistencia se proporcionará por las autoridades competentes de los Estados miembros interesados, bien previa petición, o bien de manera espontánea cuando el curso de las investigaciones así lo exija.

Con estas actuaciones se gestionan los obstáculos a la libre circulación de mercancías por motivos sanitarios.

El punto de contacto en España es:

DIRECTORA EJECUTIVA AESAN
preaesan@mscbs.es
+ 34.91.338.05.85

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE ALERTAS Y PROGRAMACION DEL CONTROL OFICIAL
sgcaa@mscbs.es
+.34.91.338.07.15

Soporte jurídico

Además de las normas ya enumeradas en el la información general del PNCOCA que  constituyen el soporte jurídico, para efectuar los controles oficiales en todos los ámbitos de aplicación del Reglamento (UE) 625/2017 existen otras disposiciones legales nacionales y autonómicas, que son de aplicación en los controles oficiales de los establecimientos alimentarios y alimentos.

Algunas de estas disposiciones son de carácter horizontal, y afectan al sistema de control oficial de manera global o a un determinado sector pero a diferentes peligros, y otras son disposiciones específicas que afectan de manera específica a determinado/s programa/s de control.

Todas las disposiciones legales de carácter horizontal, relacionadas con este ámbito se pueden consultar en el Anexo III, mientras que, las disposiciones legales específicas se encuentran asociadas a cada uno de los programas afectados.

Recursos laboratoriales

En cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento (UE) 625/2017, el soporte analítico de los diferentes programas de control oficial en España se estructura en:

Soportes informáticos al control oficial

En el ejercicio de los controles oficiales se emplean en muchas ocasiones aplicaciones informáticas y bases de datos que tienen como finalidad simplificar la gestión, ahorrar trámites administrativos y tiempo y, en definitiva, mejorar la calidad de los controles oficiales.

Así, la mayor parte de las comunidades autónomas dispone de herramientas informáticas que les permite tener un registro de todos los establecimientos localizados en su territorio, y  donde se archivan las actuaciones de control oficial, incluyendo en la mayor parte de los casos herramientas para clasificar los establecimientos en función del riesgo de cara a la  planificación de los controles oficiales.

En muchos casos las Administraciones cuentan con una intranet donde se encuentra además archivada toda la documentación necesaria para el ejercicio del trabajo de los inspectores de control oficial.

También existen bases de datos cuya gestión es responsabilidad de AESAN, en las que las CCAA cargan la información correspondiente a su territorio y que permiten disponer de  información global de todo el territorio español. Cabe destacar por su importancia el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) y la Aplicación Informática para la Gestión de Alertas Alimentarias y Control Oficial (ALCON).

A estas dos bases de datos principales existentes en AESAN se unen muchas otras para dar soporte a los sistemas de controles nacionales y autonómicos. Todas estas bases de datos están señaladas en el Anexo IV.

Procedimientos normalizados

Para el ejercicio de las tareas correspondientes a los programas de control oficial se  han desarrollado y se desarrollan, por parte de las autoridades competentes, procedimientos documentados en los que se describen de manera pormenorizada cada uno de los pasos o acciones a desempeñar por los agentes encargados del control  oficial en la Unidad de la que dependan.

Los procedimientos documentados pueden ser, entre otros, instrucciones, directrices y procedimientos.

Los procedimientos documentados, tanto de la AESAN como de las CCAA de carácter horizontal quedan reflejados en el Anexo V, mientras que, los procedimientos de carácter específico se asocian a cada uno de los programas afectados.

Planes de emergencia

El objetivo de los planes operativos de emergencia es tener previsto, tanto los sistemas como las actividades a desarrollar ante incidentes de carácter alimentario que puedan suponer un riesgo grave para la salud de los consumidores o frente a situaciones de emergencia alimentaria.

Las actuaciones a desarrollar en estos Planes de emergencia, se articulan mediante diferentes herramientas:

  • Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información
  • Sistema de gestión de crisis alimentarias
  • Sistema de comunicación del riesgo a la población

Formación del personal

De acuerdo con el Reglamento (UE) 625/2017, la autoridad competente garantizará que todo el personal encargado de efectuar los controles oficiales recibe la formación adecuada que le capacite para cumplir su función de manera competente y efectuar los controles oficiales de manera coherente.

Asimismo, en la Ley 17/2011 se establece que las Administraciones públicas garantizarán que todo el personal encargado de efectuar los controles oficiales recibe la formación continuada adecuada en su ámbito de actuación, que le capacite para cumplir su función, de una forma   competente y coherente, atendiendo a los criterios que establezcan las directrices que en el ámbito de formación proporcionen los organismos europeos.

La formación del personal que realiza los controles oficiales puede ser:

  • Formación autonómica y local
  • Formación estatal
  • Formación internacional (europea y de países terceros)

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