Acceso a los subdetalles de Bienestar animal en el sacrificio

Formación del personal

 

Un personal debidamente formado y cualificado mejora las condiciones de trato de los animales. La competencia en el ámbito del bienestar animal implica un conocimiento de los modelos de comportamiento básicos y de las necesidades de las especies en cuestión, así como de los signos de consciencia y sensibilidad. Requiere también conocimientos acerca del equipamiento de aturdimiento utilizado. Por ello, debe exigirse un certificado de competencia para la realización de sus tareas al personal que practica ciertas operaciones de sacrificio.
Además, el Reglamento (CE) nº1099/2009 establece el nombramiento de un encargado del bienestar animal especialmente cualificado para coordinar y vigilar la aplicación de los procedimientos operativos relacionados con el bienestar animal en los mataderos. Para clarificar algunos aspectos sobre esta figura nueva, la DG SANCO ha realizado un folleto explicativo.

La AESAN, con el fin de armonizar algunos criterios relacionados con la formación recogidos en el citado Reglamento europeo, fomentó el desarrollo de un “Documento para la aplicación de los aspectos relativos a la formación en bienestar animal del reglamento (ce) 1099/2009 relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza”, aprobado en la Comisión Institucional de la AESAN el día 17 de octubre de 2012.
El objetivo del documento es establecer unos criterios comunes mínimos para la aplicación, por parte de la Autoridad Competente de cada Comunidad Autónoma, de lo establecido en el Reglamento (CE) 1099/2009 en relación con la formación y el certificado de competencia en bienestar animal.

El Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza, establece que el órgano competente de las comunidades autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla informará a la AECOSAN, sobre los organismos y entidades en que se ha delegado la formación sobre bienestar animal, especificando si comprende la realización de los cursos, del examen final o la concesión del certificado de competencia. Igualmente se notificará cualquier modificación o suspensión de dicha delegación.

Asimismo, dicho órgano competente informará a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición sobre las cualificaciones obtenidas con otros fines y los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad que incluyan la formación exigida conforme al Reglamento 1099/2009.

Asimismo, la Comisión Europea ha publicado en 2018 diverso material divulgativo en materia de formación en bienestar animal. Por una parte, ha elaborado un video informativo sobre buenas prácticas en el momento de la matanza, con el fin de concienciar principalmente a propietarios y gerentes de mataderos de la importancia de llevar a cabo buenas prácticas de bienestar animal.  Por otro lado, la Comisión ha publicado una serie de hojas informativas con consejos útiles para el personal que realiza la sujeción, aturdimiento y matanza de  las principales especies animales tanto en matadero como en granja.

Se puede  acceder a este material divulgativo en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/food/animals/welfare/practice/slaughter_en