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Disolventes de Extracción

 

Un disolvente, es cualquier sustancia capaz de disolver un producto alimenticio o cualquier componente del mismo, incluido cualquier agente contaminante presente. Cuando utilizamos estos disolventes en el proceso de extracción durante el tratamiento de las materias primas, alimentos, componentes o ingredientes de alimentos siempre que éste sea eliminable y cuya presencia sea a nivel de residuos técnicamente inevitables, estaremos usando un Disolvente de Extracción.

La utilidad de este tipo de sustancias reside en la afinidad que por sus propiedades físico-químicas presentan por algunos ingredientes de los alimentos y, gracias a ellas podemos eliminar total o parcialmente estos durante su fabricación.  Algunos ejemplos del uso de estas sustancias los podemos encontrar en el descafeinado del café y del té, retirada de elementos amargos del té, fraccionamiento de grasas en la producción de cacao, extracción de sustancias aromáticas a partir de plantas, etc.

Actualmente contamos con la Directiva 2009/32/CE que se ha transpuesto a nuestra legislación mediante el Real Decreto 1101/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba la lista positiva de los disolventes de extracción que se pueden utilizar en la fabricación de productos alimenticios y de sus ingredientes.  En este real decreto se encuentran los disolventes de extracción actualmente autorizados, los procesos y los residuos que pueden quedar tras el uso de los mismos y aquellas sustancias sobre las que no se aplica esta legislación.

El uso de disolventes de extracción en la fabricación de alimentos ha de ser, al igual que otras sustancias utilizadas en la elaboración de alimentos, seguro para el consumidor. Por este motivo han de ser evaluados.  La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) se encarga de esta evaluación previa presentación de un expediente por parte del operador.

Legislación.