Establecimiento del estatus de nuevo alimento.

 

¿Cómo se puede saber si un producto es un nuevo alimento? Un producto no se considera un nuevo alimento, si se ha utilizado comercialmente para el consumo humano en un grado significativo dentro de la Unión Europea antes del 15 de mayo de 1997, fecha en la que se adoptó el Reglamento sobre nuevos alimentos. Es importante tener en cuenta que el consumo del producto en otro lugar en el mundo no se tiene en cuenta para establecer el consumo significativo en alimentación.

No hay listas completas de nuevos alimentos o productos autorizados. Son los operadores alimentarios los responsables de poner productos seguros que cumplan con la normativa alimentaria que les sea de aplicación. En lo que se refiere a nuevos alimentos, la responsabilidad de establecer, y si es necesario, de aportar los datos que demuestren la historia de consumo del producto antes de 1997, también recae en el operador. En el caso de los ingredientes que no son ampliamente conocidos por su uso como alimento, el operador deberá verificar que no se consideran nuevos alimentos. Si no puede establecerse una historia de consumo en alimentación, los productos tendrían consideración de nuevos alimentos y por lo tanto entrarían dentro del ámbito del Reglamento sobre nuevos alimentos.

La estatus de nuevo alimento se determina siempre en cooperación con nuevos expertos en alimentos de la UE sobre la base de los conocimientos y materiales disponibles en la actualidad. Estas interpretaciones de nivel comunitario se han registrado en el Catálogo de Nuevos Alimentos pública mantenido por la Comisión Europea.

Para demostrar historia de consumo se puede usar como fuente de información, entre otras, el Catálogo de Nuevos Alimentos de la Comisión.  Este catálogo consiste en una lista que contiene el resultado de la información intercambiada entre los Estados Miembros y la Comisión para conocer si un producto cae en el ámbito de aplicación del Reglamento de Nuevos Alimentos. Es importante tener en cuenta que no se trata de una lista exhaustiva.

Otras buenas fuentes de información, para establecer si un producto tiene, o no, historia de consumo en alimentación y por tanto si es, o no, nuevo alimento, son:

  1. EuroFIR-Nettox plant list La lista EuroFIR - NETTOX cubre 334 de las principales plantas europeas para alimentación (y partes de plantas) incluyendo los nombres científicos, nombres vernáculos en 15 idiomas europeos. Se actualizó y publicó de 2007. Esta lista se desarrolló en relación con un Proyecto de la UE. Las plantas que aparecen en esta lista pueden ser consideradas no nuevos alimentos.
  2. Lista Belfrit: (idioma inglés).Las autoridades competentes de Bélgica, Francia e Italia como parte del &quotProyecto BELFRIT&quot (las iniciales de los tres países) han creado, en base a una revisión de las listas nacionales de acuerdo con la evidencia científica actual, una lista común de sustancias y preparados (&quotbotánicos&quot) para ser utilizados en los complementos alimenticios. La lista todavía puede ser actualizada con la introducción de plantas, incluyendo, plantas que estén en al menos uno de los países pero que aún no se ha aprobado en la lista BELFRIT.Lista Francesa de plantas permitidas en complementos alimenticios. (idioma: francés).
  1. Lista belga indicativa de plantas y  partes de plantas; y lista de sustancias y su estatus de nuevo alimento. (idioma: neerlandés).
  2. Lista alemana de plantas y partes de plantas. (idioma inglés). Es una lista que recopila datos de consumo en alimentación de distintas especies botánicas y sus partes. Sirve para conocer historial de consumo en alimentación.
  3. Lista italiana de plantas autorizadas para su uso en complementos alimenticios (idioma: italiano)
  4. Lista Austriaca de plantas con historia de consumo como infusión alimentaria (idioma: alemán)
  5. Setas comerciales en España.
  6. Nuevos alimentos autorizados bajo el antiguo Reglamento 258/1997.
    1. Nuevos alimentos autorizados y denegados por el procedimiento general.
    2. Nuevos alimentos autorizados por equivalencia sustancial (artículo 5 del Reglamento (CE) 258/1997.
  7. Lista de solicitudes de autorización como nuevo alimento.
  8. Algas con historia de consumo en alimentación (idioma: francés).
  9. Otras sustancias distintas de vitaminas minerales y plantas
  1. Agentes biológicos: bacterias, hongos, levaduras: Enfoque y trabajo del modelo Qualified Presumpted Safety (QPS)

Otra información útil para evaluar la seguridad de las plantas es el:

En abril de 2012, EFSA publicó el Compendio de plantas informado que contienen sustancias tóxicas, adictivas, psicotrópicas u otras sustancias de preocupación. El propósito del Compendio es ayudar a los evaluadores de riesgo responsables de la evaluación de los ingredientes específicos en los complementos alimenticios, para identificar con mayor facilidad el compuesto (s) de interés en los que centrar la evaluación. El Comité Científico de EFSA tuvo en cuenta las plantas que aparecían en una lista negativa o sujetas a uso restringido (por ejemplo, estableciendo un nivel máximo o admitiendo ciertas partes de la planta solamente) en al menos un Estado miembro europeo.

Además este documento contiene otros dos anexos, Anexo A en el que se enumeran las plantas para las que no se ha encontrado o no hay suficiente información sobre posibles sustancias de preocupación, o la información presente no pudo ser verificada. El Anexo B que contempla la lista de plantas para las que aun habiendo algunos datos disponibles, el Comité Científico no pudo identificar sustancias de riesgo, u otras razones que justificaran su inclusión en el compendio. El Compendio de EFSA no tiene fuerza legal o reglamentaria relativas a la clasificación de los productos o sustancias.