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¿El zumo de Noni está autorizado como nuevo ingrediente alimentario?

Alimentos
El “zumo de noni” (zumo del fruto de Morinda citrifolia L.), está autorizado en la Unión Europea, como nuevo ingrediente alimentario, para su utilización en bebidas pasteurizadas a base de frutas (Decisión de la Comisión 2003/426/C). El término “zumo de noni” o “zumo de Morinda citrifolia”, debe figurar como tal en la etiqueta del producto o en la lista de los ingredientes de las bebidas a base de frutas que lo contengan, de conformidad con la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. El destinatario de la autorización es Morinda Inc., ahora Tahitian Noni. Sin embargo, el puré y concentrado de noni, no se encuentran todavía autorizados como ingredientes de productos alimenticios.

Por otra parte, también se encuentran autorizadas las hojas de Morinda citrifolia, como nuevo ingrediente alimentario bajo el Reglamento (CE) 258/97 (Decisión 2008/985/EC).

Cualquier otro uso distinto a los mencionados, recibiría la consideración de nuevo alimento, siéndole de aplicación el Reglamento (CE) 258/97, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero, relativo a nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios.

22.07.2010

22-07-2010

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