¿Se controlan los alimentos que vienen de fuera? ¿Qué requisitos se exigen?
Higiene de los Productos Alimenticios
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Alimentos
Todos los alimentos comercializados en España, y en extensión, la Unión Europea deben cumplir los mismos requisitos de Salud Pública independientemente de su procedencia, dentro o fuera de la UE. Estos controles oficiales persiguen minimizar los posibles riesgos asociados a la puesta en el mercado de los productos alimenticios, de una manera integral, o como se conoce habitualmente "de la granja a la mesa". Este enfoque se mantiene tanto para alimentos importados como producidos en España y la Unión Europea.
Antes de llegar a la UE, el control en alimentos importados se inicia a través de inspecciones lideradas por la Comisión Europea, en las que se examinan numerosos aspectos como la legislación del tercer país sobre esta materia, organización de sus controles, etc... Además, aquellos países interesados en importación de productos de origen animal a la UE, como la carne o el pescado, deben cumplir con especiales requisitos previos como la existencia y buen funcionamiento de un plan propio de detección de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos. Un resumen de estas condiciones puede consultarse en https://ec.europa.eu/food/safety/official_controls/legislation/imports_en
La Dirección General de Análisis y Auditorias Sanitarias y Alimentarias de la Comisión Europea realiza inspecciones in situ para comprobar estas condiciones y el buen funcionamiento del sistema de control en origen.
Los requisitos sanitarios para las importaciones de los productos alimentarios de origen animal son incluso más estrictos al ser productos considerados como con mayor riesgo. De entre ellos destacan que el país figure en una lista de países autorizados previamente por la UE (en los que se alcancen garantías en materia de seguridad alimentaria de forma equivalente a las exigidas por la UE); que los productos provengan de un establecimiento específicamente autorizado por la UE en el país tercero; y que vayan acompañados de un certificado sanitario (modelo oficial según el país y el producto), firmado por personal expresamente autorizado.
Los productos alimenticios procedentes de terceros países son, en un primer momento, controlados a su llegada a cualquier frontera española por las autoridades sanitarias dependientes de la Subdirección General de Sanidad Exterior, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. En dichos controles se comprueban los requisitos sanitarios de importación específicos, así como el cumplimiento de la legislación europea, exigiéndose siempre los mismos estándares sanitarios que a los productos originados en la UE. Estos controles pueden ser de carácter documental, de identidad y/o físico con o sin análisis laboratorial del producto alimenticio importado. Se trata de un control aleatorio pero basado en el riesgo, tal y como exige la legislación alimentaria europea.
Si en el marco de dichos controles se detecta una situación de incumplimiento de la legislación alimentaria de España y la UE, además de impedir la comercialización del producto, se intensifican los controles de las siguientes expediciones de la misma procedencia y, en caso necesario, la UE puede adoptar medidas de control reforzado o salvaguardia, incluso con nuevas inspecciones sobre el terreno y en última instancia, se pueden prohibir las importaciones. Cualquier información de este tipo es, además, difundida rápidamente entre todos los Estados Miembros y la propia UE a través del Sistema de Alerta Rápida para alimentos y piensos (SCIRI/RASFF).
Las Comunidades Autónomas también realizan controles oficiales de alimentos importados cuando ya se encuentran en los canales de comercialización en España. Todos esos controles se integran en el denominado Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria.
Podemos afirmar que, actualmente, la UE tiene un férreo sistema de control alimentario con altos estándares de seguridad alimentaria, garantizando que sólo se comercialicen alimentos seguros.