Irradiación de alimentos

 

¿EN QUÉ CONSISTE?

La aplicación de radiaciones ionizantes a los alimentos es un proceso físico no térmico por el cual los alimentos se exponen brevemente a una fuente de energía radiante que puede ser de tres tipos: rayos gamma, rayos x o electrones acelerados.

¿PARA QUÉ SIRVE?

Conforme a la Directiva 1999/2/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes, la irradiación de productos alimenticios solo podrá autorizarse cuando:

  • esté justificada y sea necesaria desde el punto de vista tecnológico;
  • no presente peligro para la salud y se lleve a cabo de acuerdo con las condiciones propuestas;
  • sea beneficiosa para el consumidor;
  • no se utilice como sustituto de medidas de higiene y medidas sanitarias ni de buenas prácticas de fabricación o agrícolas.

Y solo se puede utilizar para los siguientes fines:

  • reducir la incidencia de enfermedades de transmisión alimentaria mediante la destrucción de los organismos patógenos
  • disminuir el deterioro de los productos alimenticios, frenando o deteniendo el proceso de descomposición y destruyendo los organismos responsables de dicho proceso;
  • frenar el desperdicio alimentario debido a procesos de maduración prematura, germinación o aparición de brotes;
  • eliminar los organismos nocivos para las plantas y los productos vegetales.

¿ES PELIGROSA PARA LA SALUD?

Este proceso no constituye un peligro para la salud porque no convierte a un alimento en “radioactivo”, pero debe llevarse a cabo en instalaciones autorizadas, con unas determinadas fuentes de radiaciones ionizantes y con una dosis total media igual o inferior a 10 KGy. La irradiación de alimentos no se debe usar como sustituto de unas correctas medidas de higiene.

Tanto la EFSA como el Comité Científico de AESAN han emitido informes sobre la irradiación de alimentos en los que se concluye que la irradiación puede ser una herramienta útil para reducir la presencia de patógenos en los alimentos:

  • Declaración de EFSA sobre la seguridad de la irradiación de alimentos (2011)
  • Informe del Comité Científico de AESAN sobre las directrices generales respecto a las condiciones que deben cumplir los materiales poliméricos de envasado de alimentos para ser sometidos a radiaciones ionizantes.
  • Informe sobre la aplicación de las radiaciones ionizantes para la higienización de la carne fresca, los preparados cárnicos y los productos cárnicos.

¿QUÉ ALIMENTOS PUEDEN IRRADIARSE?

La Directiva 1999/3/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al establecimiento de una lista comunitaria de alimentos e ingredientes alimentarios autorizados para el tratamiento con radiaciones ionizantes, establece una única categoría de ingredientes que pueden irradiarse en toda la Unión Europea: las hierbas aromáticas, especias y condimentos vegetales (secos).

No obstante, se permitió a los Estados miembros seguir irradiando otras categorías ya autorizadas antes de la entrada en vigor de la directiva. Por ello, en la actualidad hay países de la UE que pueden irradiar otros tipos de alimentos.

En España, el Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes, solo permite el tratamiento de hierbas aromáticas, especias y condimentos vegetales (secos). Sin embargo, por el principio de reconocimiento mutuo, es posible encontrar en el mercado español productos procedentes de otros países comunitarios en donde estén autorizados otras categorías de alimentos siempre y cuando vayan convenientemente etiquetados.

 ¿DÓNDE SE IRRADIAN LOS ALIMENTOS?

En establecimientos autorizados, tanto si se encuentran en la UE como si están en países terceros desde los que se importan los alimentos. En España actualmente hay autorizados dos establecimientos.

¿CÓMO SÉ SI UN ALIMENTO HA SIDO IRRADIADO?

Todos los alimentos irradiados deben etiquetarse, incluso aquellos que contienen sólo una pequeña cantidad de productos irradiados, de manera que figure la mención “irradiado” o “tratado con radiación ionizante” en el envase individual o en un cartel o letrero en el caso de alimentos vendidos a granel. Cuando un producto irradiado se utilice como ingrediente, la misma mención deberá acompañar a su denominación en la lista de ingredientes.

SITUACIÓN ACTUAL DE LA IRRADIACIÓN

La aplicación comercial de la irradiación está creciendo a nivel mundial, en particular en la región Asia-Pacífico (especialmente en China) y América. No obstante, la tendencia en la UE es la contraria y cada vez se irradian menos productos. En general, la tecnología de irradiación no es bien conocida por el consumidor europeo, que tiene una percepción muy negativa de este tratamiento.

La Comisión Europea, dentro de su compromiso de evaluar regularmente su legislación, está llevando a cabo un estudio de la normativa sobre la irradiación de alimentos, con el fin de valorar si sigue siendo válida o es necesario introducir cambios en la misma. Para ello se ha consultado tanto con operadores de empresas alimentarias como con autoridades competentes de los Estados miembros y con consumidores. Este estudio se inició en 2018 y sus resultados se publicarán en el primer trimestre de 2021.

Anualmente, los Estados miembros deben comunicar a la Comisión datos sobre los establecimientos autorizados, los productos irradiados, los controles efectuados y las no conformidades detectadas. Para más información sobre la irradiación, incluidos los informes anuales, puede consultar la página web de la Comisión Europea. 

LEGISLACIÓN SOBRE IRRADIACIÓN DE ALIMENTOS