Precios públicos

 

Éstos fueron aprobados mediante la Orden SAS/3397/2009, de 4 de diciembre, por la que se fijan los precios públicos por la realización de actividades del centro Nacional de Alimentación de la AESAN.

  • Primero.- Se establecen los precios públicos que percibirá la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición por las actividades que se realicen por el Centro Nacional de Alimentación, dependiente de dicha Agencia.
  • Segundo.- En el anexo de la presente disposición se fijan las cuantías de los precios públicos a percibir por las actividades que en el mismo se relacionan. Dichas cuantías podrán verse incrementadas por la aplicación, en su caso, del tipo de impuesto sobre el valor añadido que legalmente corresponda.
  • Tercero.- La solicitud de los servicios a prestar podrá cursarse en el modelo que a tal efecto se establezca por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
  • Cuarto.- El pago de los precios públicos se realizará en efectivo, mediante el ingreso de su importe en la cuenta que el Organismo tiene autorizada al efecto por el Ministerio de Hacienda en el Banco de España con el número 9000.0001.20.0200009308.