RED DE LABORATORIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA - RELSA
La Red de Laboratorios de Seguridad Alimentaria fue creada para dar cumplimiento a la Ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición, con el objetivo de compartir y fomentar la acreditación de laboratorios para el control oficial y optimizar los recursos disponibles en seguridad alimentaria. La AESAN es responsable de coordinar dicha Red.
Forman parte de la Red los laboratorios, públicos o privados, ubicados en España, en otro Estado miembro de la UE o en un país tercero que forme parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que realicen ensayos en el ámbito de la seguridad alimentaria y sean susceptibles de ser designados para Control Oficial u Otras Actividades Oficiales.
Aplicación informática RELSA
En el año 2015 entró en funcionamiento la aplicación informática RELSA para facilitar la gestión de la base de datos de la Red de Laboratorios de Seguridad Alimentaria, RELSA. El equipo de Gestión de Programas Informáticos del Centro Nacional de Alimentación, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (CNA-AESAN), actúa como coordinador y administrador de dicha aplicación informática.
La aplicación RELSA cumple los requisitos establecidos en la Ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición y en el artículo 37 del Reglamento (UE) 2017/625, ya que incorpora la posibilidad de que las Autoridades Competentes designen laboratorios para realizar los análisis de las muestras tomadas para los controles oficiales y otras actividades oficiales.
Los laboratorios dados de alta en la aplicación RELSA deben cargar todos sus ensayos de seguridad alimentaria, estén acreditados o no, lo cual nos proporcionará un mapa de recursos laboratoriales a nivel nacional con los laboratorios que realizan cada análisis.
La aplicación informática, consta de dos accesos públicos y uno privado:
- RELSA PÚBLICO
Acceso público para la consulta de los ensayos y laboratorios designados por las Autoridades Competentes.
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Se trata de un buscador público de laboratorios para consultar los laboratorios y ensayos designados por las Autoridades Competentes en el marco del control oficial y otras actividades oficiales, con información sobre quién los ha designado y el tipo de designación.
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RELSA PÚBLICO para sustancias farmacológicamente activas
Se puede consultar la información de los laboratorios designados por las Autoridades Competentes para la ejecución del plan nacional de investigación de residuos de sustancias farmacológicamente activas. Para más información sobre este plan, puede consultar el programa del Objetivo de alto nivel 2 del PNCOCA.
El acceso al área privada de RELSA requiere tener asignado un usuario y contraseña.
Pueden acceder al área privada de la aplicación los siguientes perfiles de usuarios que estén dados de alta:
- Laboratorios de seguridad alimentaria
- Autoridades Competentes designadoras
Laboratorios
Pueden formar parte de RELSA los laboratorios que realicen ensayos en el ámbito de seguridad alimentaria, tanto públicos como privados ubicados en España, en otro Estado miembro de la UE o en un país tercero que sea parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que cumplan los requisitos establecidos en el Procedimiento de Designación de Laboratorios.
Uno de los requisitos mínimos para darse de alta en RELSA es que el laboratorio esté acreditado para realizar ensayos de seguridad alimentaria de acuerdo con la norma UNE-EN ISO/IEC 17025, relativa a los Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración, por un organismo nacional de acreditación que funcione de conformidad con el Reglamento (CE) 765/2008.
Para solicitar acceso a RELSA, el laboratorio debe cumplimentar el formulario de solicitud y remitirlo firmado electrónicamente a admin.relsa@aesan.gob.es.
Designadores
Las Autoridades Competentes de las Comunidades Autónomas, municipales o de la Administración General del Estado en el ámbito de seguridad alimentaria, pueden solicitar el alta mediante un correo electrónico a admin.relsa@aesan.gob.es, indicando los datos que se especifican en el Procedimiento de Designación de Laboratorios.
Para más información:
Procedimiento de Designación de Laboratorios.
Guía para la correcta cumplimentación de datos en la aplicación por laboratorios y designadores.
Sistemática de designación de ensayos
Todos los ensayos cargados en la aplicación informática por los laboratorios son visibles en la parte privada de RELSA para el gestor, los designadores, los demás laboratorios y los perfiles de consulta dados de alta en la aplicación.
Los designadores podrán designar a través de la aplicación RELSA a los laboratorios para los ensayos que necesiten conforme a los requisitos normativos establecidos, para actividades de control oficial, otras actividades oficiales o para ambos.
Los ensayos designados son visibles en el buscador público de RELSA, siendo esta la fuente de información única para consultas y demandas de la Comisión Europea u otras Autoridades Competentes.
Base legal
La Ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición establece, en su Capítulo III (Control oficial y coordinación administrativa) que “corresponde a las distintas Administraciones públicas la realización de controles oficiales” y, en su artículo 35, establece como objetivos que:
- Se creará la Red de Laboratorios de Seguridad Alimentaria (RELSA), para compartir y fomentar la acreditación de laboratorios de ensayo y métodos analíticos para el control oficial. Formarán parte de dicha red los laboratorios, públicos o privados, que participen en trabajos de control oficial por designación de las Autoridades Competentes de las Comunidades Autónomas o de la Administración General del Estado. Las distintas Autoridades Competentes deberán facilitar a ésta última la información relativa a dichos laboratorios y su cartera de servicios.
- La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) creará, a nivel estatal, una base de datos y una cartera de servicios de la red de acceso público. Además, promoverá la coordinación de los laboratorios de la red.
- En colaboración con las Comunidades Autónomas y dentro de RELSA, se determinarán los laboratorios designados para la realización de técnicas de referencia específicas acreditadas al objeto de optimizar los recursos disponibles.
El Reglamento (UE) 2017/625, del Parlamento Europeo y del Consejo del 15 de marzo del 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, establece en su artículo 37 que las Autoridades Competentes designarán laboratorios para realizar los análisis, ensayos y diagnósticos de laboratorio de las muestras tomadas durante los Controles Oficiales y Otras Actividades Oficiales .