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Abierto el periodo de audiencia e información pública sobre el proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas de desarrollo de los artículos 40 y 41 de la ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos

 

Publica: Agencia Española Seguridad Alimentaria y Nutrición

Fecha: 15 septiembre 2022

Sección: Nutrición

Hoy día 15 de septiembre se ha abierto el trámite de audiencia e información pública del proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas de desarrollo de los artículos 40 y 41 de la ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos.

El proyecto, que parte de esta Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN OA), establece una serie de criterios mínimos de calidad nutricional y de sostenibilidad, para orientar la contratación, adquisición y oferta de alimentos y bebidas en centros educativos, contribuyendo a garantizar el derecho al acceso a una alimentación y nutrición de calidad. Hay que tener en cuenta que el comedor escolar es un entorno idóneo para la prevención de la obesidad infantil (17,3 % de niños y niñas de 6 a 9 años tienen obesidad, un 4,2 obesidad severa y un 40,6 % con exceso de peso), y que resulta también clave para garantizar a todos las niñas y niños, con independencia de su nivel de renta, (el problema se agrava en los hogares con menores ingresos), el acceso a alimentos seguros, nutritivos, saludables y también sostenibles con el medio ambiente.

Este derecho aparece también recogido en el Plan de Acción del Gobierno para la implementación de la Recomendación (UE) del Consejo de 14 de junio de 2021 por la que se establece una Garantía Infantil Europea, el II Plan de Derechos Humanos del Gobierno y el Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil (2022-2030), coordinado por el Alto Comisionado contra la Pobreza Infantil del Gobierno de España.

Por todo ello, y teniendo en cuenta el tiempo que los niños y niñas pasan en la escuela, y el hecho de que muchos escolares consumen al menos una comida principal en este tipo de establecimientos, se considera adecuado regular la oferta alimentaria en los centros educativos con un triple objetivo:

  • Estimular patrones alimentarios saludables y promover comportamientos que pueden mantenerse hasta la edad adulta.
  • Contribuir a disminuir las desigualdades socioeconómicas al ofrecer a los escolares de familias más vulnerables la oportunidad de acceder a una alimentación saludable, desde edades tempranas.
  • Conseguir una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos al reconocer la contratación pública como una herramienta idónea para el logro de las políticas medioambientales relacionadas con el cambio climático, la mejor utilización de los recursos y la producción y el consumo sostenibles.

Para ello, el real decreto:

  • Establece criterios para promover la oferta de alimentos frescos, ecológicos, de temporada y de proximidad, característicos de la dieta Mediterránea, en los centros educativos.
  • Fija los criterios para la elaboración de los menús escolares, de forma que se garantice que sean equilibrados y adaptados a las necesidades nutricionales de niñas y niños, al tiempo que se establece la obligación de informar de su contenido al entorno familiar de los menores.
  • Contempla las necesidades especiales de las personas aquejadas de alergias o intolerancias alimentarias, y de aquellas que, por motivos culturales, éticos o religiosos necesitan menús alternativos.
  • Promueve técnicas culinarias saludables (horno, vapor, hervido y plancha), frente a frituras, rebozados, sofritos y preparaciones con salsas.
  • Establece el uso de agua del grifo (siempre que las condiciones del suministro lo permitan), como bebida de elección.
  • Prohíbe la venta de determinados tipos de alimentos y bebidas en centros educativos en base a su composición y calidad nutricional.
  • Fija requisitos en relación con la oferta de alimentos y bebidas en máquinas expendedoras y sobre su ubicación.
  • Indica la necesidad de que los pliegos de prescripciones técnicas que rigen la contratación pública incorporen criterios sociales y medioambientales.

Por último, el real decreto dota de respaldo legal las actuaciones de control oficial que las comunidades autónomas llevan a cabo, al evaluar la oferta alimentaria en centros escolares, de acuerdo al Programa 16 sobre menús escolares, máquinas expendedoras y cafeterías de los centros escolares del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021-2025.

Desde la AESAN OA animamos a que todas las personas interesadas remitan sus aportaciones a este proyecto hasta el 7 de octubre de 2022 a las 6:59 horas, mediante el envío de un correo electrónico al buzón consultapublicaaesan@aesan.gob.es

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