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Información de la AECOSAN sobre el caso Volkswagen

 

Date: 12 diciembre 2016

  • El Reglamento Europeo de emisiones 715/2007, expresamente prohíbe el uso de dispositivos diseñados para camuflar las prestaciones de los vehículos.
  • La compañía pone a disposición de los consumidores un teléfono de contacto gratuito y varias páginas web donde comprobar si su vehículo está afectado

Desde la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), organismo que depende del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se han llevado a cabo diversas actuaciones con el fin de informar sobre el problema que afecta algunos modelos de vehículos de las marcas Volkswagen, Audi, Seat y Skoda.

La AECOSAN está siendo informada puntualmente por la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, perteneciente al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, sobre las actuaciones realizadas con el grupo automovilístico y en los foros comunitarios, al objeto de mantener informada a las autoridades de consumo y a las organizaciones de consumidores y usuarios con presencia en el Consejo de Consumidores y Usuarios.

Proceso de homologación.

En Europa, la reglamentación establece las condiciones técnicas que deben cumplir los vehículos y además establece que una entidad tercera independiente (Servicios Técnicos) deben comprobar y certificar su cumplimiento, y que en base a ello la administración de un Estado miembro emita un certificado de homologación. Siendo la homologación, un requisito previo para la matriculación de los vehículos.

Los fabricantes de vehículos pueden elegir realizar su homologación en cualquiera de los 28 Estados miembros, con independencia de donde tengan sus plantan de producción, siendo válida la homologación para toda la Unión Europea.

En España, la autoridad competente en los aspectos de homologación es el Ministerio de Industria.

Dentro de las marcas del grupo Volkswagen, España homologa alguno de los modelos de SEAT, realizándose el resto de homologaciones principalmente en Alemania y Reino Unido, y algún caso puntual en Luxemburgo.

Requisitos de emisiones.

La reglamentación europea establece que los vehículos deben cumplir unos ciertos límites de emisiones medidos durante un ensayo en laboratorio en un determinado ciclo de conducción.

No obstante, el Reglamento Europeo de emisiones 715/2007, expresamente prohíbe el uso de dispositivos diseñados para camuflar las prestaciones de los vehículos (defeat devices). Esto es lo que han identificado las autoridades norteamericanas.

Campana de ensayos en relación con las emisiones contaminantes:

Con el fin de cumplir con las recomendaciones de la Comisión Europea sobre la verificación de las emisiones de vehículos en condiciones más asimilables a las reales, el Ministerio de Industria ha realizado, a finales de 2015, en línea con los países de nuestro entorno, una campaña de ensayos de vehículos en el mercado.

Los ensayos consisten en ensayos en circulación, con las condiciones establecidas en el futuro ciclo de emisiones en condiciones reales de conducción  (Real Driving Emissions - RDE), y en ensayos en laboratorio con ciclos diferentes al establecido en la reglamentación actual.

Con esta campaña, de un alcance amplio y técnicamente muy compleja, se  pretende clarificar la situación de incertidumbre que se haya podido generar en el mercado  y  contribuir a una investigación de alcance europeo, inédita hasta la fecha.

Como resumen de los resultados obtenidos en los diversos países, indicar que: Francia: 52 vehículos ensayados. Del resultado de los ensayos no se detecta ninguna evidencia de instalación de un Defeat Device; UK: 37 vehículos ensayados, con resultados en la misma línea que Francia; Alemania: 53 vehículos ensayados, con resultado en la misma línea y en España: 17 vehículos ensayados, con resultados en la misma línea.

Los resultados muestran que los vehículos ensayados cumplen con la reglamentación, ya que en el ciclo de emisiones cumplen los límites establecidos, no obstante, en condiciones de circulación los valores son sensiblemente superiores.

Para ello España ha estado trabajando junto con el resto de Estados miembros y la Comisión Europea para disponer de una reglamentación europea que por un lado cambie el ciclo de ensayo en laboratorio, haciéndolo más realista, y por otro fjje límites para las emisiones de los vehículos en circulación. Las primeras reglamentaciones a este respecto ya están aprobadas, con límites de emisiones en circulación de NOx para nuevos modelos de vehículos a partir del 1 de septiembre de 2017.

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