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Aplicación RELSA: Base Legal, Objetivos, Funcionamiento, Coordinación y Administración

 

Date: 02 June 2015

La Ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición establece, en su Capítulo III (Control oficial y coordinación administrativa) que “corresponde a las distintas Administraciones públicas la realización de controles oficiales” y, en su artículo 35, establece como OBJETIVOS que:

  1. Se creará la Red de Laboratorios de Seguridad Alimentaria (RELSA), para compartir y fomentar la acreditación de laboratorios de ensayo y métodos analíticos para el control oficial. Formarán parte de la dicha red los laboratorios, públicos o privados, que participen en trabajos de control oficial por designación de las autoridades competentes de las comunidades autónomas (CCAA) o de la Administración General del Estado (AGE). Las distintas autoridades competentes deberán facilitar a ésta última la información relativa a dichos laboratorios y su cartera de servicios.
  2. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición creará, a nivel estatal, una base de datos y una cartera de servicios de la red de acceso público. Además promoverá la coordinación de los laboratorios de la red.
  3. En colaboración con las comunidades autónomas y dentro de la RELSA, se determinarán los laboratorios designados para la realización de técnicas de referencia específicas acreditadas al objeto de optimizar los recursos disponibles.

Para dar cumplimiento a objetivos establecidos en dicha Ley 17/2011, se ha desarrollado una aplicación informática para facilitar la gestión de la base de datos de RELSA (Red Española de Laboratorios de Seguridad Alimentaria). Como coordinador y administrador de dicha aplicación actuará el Centro Nacional de Alimentación, de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (CNA-AECOSAN)

La aplicación informática, consta de dos partes:

  • RELSA PÚBLICO: se trata de un “buscador de laboratorios”, cuya función es obtener datos de las ofertas analíticas con los ensayos realizados en el marco del control oficial, así como de los laboratorios que los realizan.
  • RELSA PRIVADO LABORATORIOS: es la base de datos que nutre a RELSA. En ella, cada laboratorio de control oficial designado ha de incluir sus datos y el alcance concreto -cartera de servicios- para el que ha sido designado por una o varias autoridades competentes. Se pretende recoger inicialmente -en dicha base de datos- las capacidades analíticas de todos los laboratorios, tanto públicos como privados, que sean designados para participar en el control oficial por las distintas autoridades competentes

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