Reglamento (UE) 2015/538 de la Comisión, de 31 de marzo de 2015
Fecha: 01 April 2015
En el DOUE del día 1 de abril de 2015, se ha publicado el Reglamento (UE) 2015/538 de la Comisión, que dispone nuevos usos para el acido benzoico y los benzoatos.
El anexo II del Reglamento 1333/2008 establece el límite máximo para la utilización de ácido sórbico, sorbatos, ácido benzoico y benzoatos en 2000 mg/kg en semiconservas de pescado y productos de la pesca, incluso crustáceos, moluscos, surimi y pasta de pescado o de crustáceos, crustáceos y moluscos cocidos. En crustáceos y moluscos cocidos, el límite máximo permitido de ácido benzoico y benzoatos es de 1000 mg/kg.
Estos límites máximos permitidos en camarones cocidos conservados en salmuera con pH de 5,6 a 5,7 deberían bastar para inhibir el crecimiento de Listeria monocytogenes en temperaturas de entre 5 y 8°C. Sin embargo, se ha comprobado que pequeños cambios en los parámetros de conservación pueden provocar el crecimiento de Listeria monocytogenes.
Las pruebas han puesto de manifiesto que la combinación óptima de ácido benzoico y benzoatos (E 210-213) y ácido sórbico y sorbatos (E 200-203) debe ser de 1500 mg/kg y 500 mg/kg, respectivamente, cantidad que se autoriza por medio de esta disposición.