Información sobre miel de rododendro
Publica: Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición
Fecha: 06 marzo 2023
Sección: Seguridad Alimentaria
Con motivo de los episodios de intoxicación ocurridos en el año 2019 por consumo de esta miel, en su mayor parte procedente del Nepal, debido a la presencia de la toxina natural denominada grayanotoxina en la misma, la Comisión Europea solicitó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) una opinión científica del riesgo de la presencia de las toxinas de esta miel para la salud humana.
En marzo de 2023, una vez concluidos los trabajos, EFSA publica una opinión científica sobre los Riesgos para la salud humana relacionados con la presencia de grayanotoxinas en determinadas mieles.
En la misma, EFSA indica que la exposición oral está asociada con intoxicación aguda en humanos. Los síntomas afectan a los músculos, el sistema nervioso y sistemas cardiovasculares. Estos síntomas descritos, son asimilables a las posibles propiedades psicoactivas relacionadas con la ingesta de esta toxina y que eran motivo de mención en su comercialización.
Los resultados de la opinión reflejaron que para un consumo de miel extremo (entre encuestas de la UE y subgrupos de población), podría generarse un problema de salud por la toxicidad aguda de la grayanotoxina.
Se concluyó, asimismo, que no existían estudios para poder determinar toxicidad crónica, por lo que no se pudo derivar un punto de referencia toxicológico para los efectos a largo plazo, habiendo evidencia de genotoxicidad en ratones.
Como siempre que tiene lugar la publicación de una opinión de EFSA, su estudio queda a cargo del correspondiente grupo de trabajo de la Comisión para debatir la posibilidad de llevar a cabo las medidas de gestión del riesgo que se consideren oportunas.
A la vista de este dictamen EFSA, cabe recordar que la legislación europea, en particular el Reglamento (CE) n° 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria sólo permite la comercialización de alimentos seguros para los consumidores, es decir, que no sean nocivos para la salud y sean aptos para el consumo humano. Esta es una obligación para todos los operadores comerciales de la industria alimentaria que produzcan o quieran comercializar alimentos en España y en toda la UE.
Finalmente, hasta que se adopten las pertinentes medidas de gestión del riesgo, se recomienda tener en cuenta otros aspectos importantes en la comercialización de la miel de rododendro, como son:
- Vigilar la denominación comercial de producto alimentario, miel de rododendro, éste debe adecuarse en sus características a lo definido en la Norma de calidad relativa a la miel.
- Prestar atención al etiquetado, presentación y publicidad del producto, que no debe inducir a error al consumidor y ajustarse a la legislación en vigor sobre información alimentaria facilitada al consumidor y relativa a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.
- En los casos de importación con fines de comercialización de una miel en la UE, se establece como requisito indispensable que el país de origen figure en la lista de países autorizados para tal importación en la UE, y que para ello haya presentado un plan de residuos, de conformidad con el artículo 29 de la Directiva 96/23/CE del Consejo. Nepal no está autorizado para exportar miel a la UE.
Puede conocer más sobre el trabajo que esta Agencia desarrolla en la gestión de los riesgos químicos asociados a los alimentos, y en particular sobre los contaminantes, en los siguientes apartados de nuestra Web:
https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/seguridad_alimentaria/detalle/contaminantes.htm