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Actualización información iDENTAL

 

Publica: Agencia Española de Consumo, Seguridad alimentaria y Nutrición

Fecha: 26 julio 2018

Sección: Consumo

COMPROMISO DE LAS AUTORIDADES SANITARIAS Y DE CONSUMO CON LOS PACIENTES Y AFECTADOS POR EL CIERRE DE LAS CLÍNICAS iDENTAL:

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y autoridades sanitarias y de consumo de las Comunidades autónomas abordaron el compromiso de informar, asesorar y atender a todos los ciudadanos que se han visto afectados por el cierre de las clínicas iDental.

Dentro de los compromisos adquiridos, cabe señalar la remisión a la Fiscalía General del Estado de un expediente por presunta mala praxis y vulneración de los derechos contra la salud y los legítimos intereses económicos de los consumidores, al objeto de que la Fiscalía investigue si se ha producido un ilícito penal. La documentación ha sido entregada el pasado 20 de julio.

SITUACIÓN DE LAS HISTORIAS CLÍNICAS DE LOS PACIENTES DE iDENTAL:

En estos momentos la mayoría de las Comunidades autónomas, en las que existían clínicas de iDENTAL, han requerido a las fiscalías autonómicas o provinciales su intervención para proceder a la custodia de las historias clínicas de los pacientes.

MEDIDAS A EMPRENDER POR LOS PACIENTES Y AFECTADOS POR EL CIERRE DE LAS CLÍNICAS iDENTAL EN DEFENSA DE SUS DERECHOS:

Todos los pacientes a los que se les han interrumpido su tratamiento, han sufrido una mala prestación de servicios, o se ha producido un incumplimiento de los servicios contratados, entre otros, podrán acudir para presentar su reclamación, en defensa de su derecho a la salud o de sus legítimos intereses económicos:

ATENCION SANITARIA Y BUCODENTAL, RECUERDE:

  • Si requiere una intervención inmediata, como retirada de puntos, o si se le presenta una infección u otro problema bucodental derivada de la atención de iDental, puede acudir a su centro de atención primaria para que le atiendan y recomienden las medidas necesarias.
  • En el caso de acudir a un odontólogo o estomatólogo, es conveniente solicitar una evaluación e informe del estado de su situación bucodental actual tras el tratamiento realizado en la Clínica iDENTAL.

PASOS A SEGUIR EN EL CASO DE QUE UN AFECTADO TENGA UN CRÉDITO VINCULADO:

En caso de tener un crédito vinculado, que es aquel que se entiende que sirve exclusivamente para financiar un contrato para la prestación de un servicio específico, en este caso un tratamiento odontológico:

  • Se deberá interponer una reclamación ante los Servicios, Departamentos o Defensores del Cliente de la entidad financiera con la que se tenga el crédito vinculado.
  • En el caso de que la entidad no dé respuesta, o la misma no sea satisfactoria, se deberá presentar una reclamación ante el Banco de España: Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones.  C/Alcalá 48.  28014 Madrid o en su sucursales.

Destacar que todas aquellos afectados que estén pagando un crédito vinculado y a los cuales se les han interrumpido el tratamiento, no tienen por qué seguirlo pagando. Les asiste lo previsto en la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, ante la no prestación de servicio no existe la obligación de hacer frente a los cargos.

En el caso de que se introduzcan modificaciones en el contrato celebrado, se estaría ante un supuesto de novación contractual. El coste total del crédito no podrá ser modificado en perjuicio del consumidor, a no ser que esté previsto en acuerdo mutuo de las partes formalizado por escrito.

REQUERIMIENTO DE DEUDA POR LA AGENCIA TRIBUTARIA A LOS AFECTADOS:

La manera de proceder cuando un afectado de iDental recibe una carta de la Agencia Tributaria acompañada de un modelo de contestación requiriendo el pago de la deuda a Hacienda, se recomienda seguir los siguientes pasos:

Contestar el requerimiento en el modelo de contestación que acompaña a dicho requerimiento, informando a la Agencia Tributaria que no van a efectuar ingreso o pago alguno, en reconocimiento de deuda, a la empresa iDental debido a que no se ha ejecutado el contrato suscrito en los términos estipulados en el mismo y por tanto se ha incumplido dicho contrato, reservándose esta parte afectada por dicho incumplimiento las acciones que conforme a Derecho corresponden.

El escrito de contestación ha de presentarse en el registro de la Agencia Tributaria de la localidad desde el que se ha enviado el requerimiento

Es importante contestar al requerimiento.

La Audiencia Nacional asume la competencia para investigar las denuncias contra las clínicas iDental de juzgados procedentes de toda España

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