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Itinerancia como en casa

 

Fecha: 06 julio 2017

Sección: Consumo

Desde el pasado 15 de junio de 2017, han desaparecido los últimos recargos por itinerancia, también llamado roaming, que se pagaba al operador telefónico cuando se viajaba a otro país de la UE.

Todo contrato nuevo o existente que incluya servicios de itinerancia será, por defecto, un contrato de itinerancia como en casa. Las nuevas normas de la UE engloban los servicios de datos, llamadas de voz y SMS.

Hasta la fecha, al viajar a otro país de la UE, su operador de telefonía móvil le cobraba una tarifa diferente, más elevada, por las comunicaciones de telefonía móvil (llamadas de voz, SMS, datos) efectuadas en dicho país. En los últimos diez años, la UE ha solicitado progresivamente a los operadores de telefonía móvil que redujeran estos recargos por itinerancia de manera significativa, para favorecer a los consumidores. Si viaja con regularidad a otros países de la UE, probablemente ya habrá observado un pronunciado descenso de los precios por itinerancia durante la última década.

La Comisión Europea ha realizado una serie de recomendaciones sobre la Itinerancia que reproducimos por su importancia.

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