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Aplicación Reglamento europeo CLP (Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias químicas).

 

Publica: Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición

Fecha: 01 June 2015

Sección: Consumo

Desde hoy, 1 de Junio de 2015 será de obligado cumplimiento para mezclas de sustancias químicas, en la que están englobados muchos productos de uso doméstico amparados por esta normativa, al haber llegado a la última fase de la aplicación del  reglamento europeo sobre clasificación, envasado y etiquetado, de sustancias químicas conocido como Reglamento CLP. (Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006), por lo que ya no será de aplicación el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.

El nuevo reglamento introduce cambios en los criterios de clasificación de las mezclas y destaca sobre todo el cambio en los pictogramas de peligro, por lo que las etiquetas de los productos de los que podemos encontrar habitualmente en el mercado, presentaran un aspecto diferente sin que ello suponga que se haya producido un cambio en la formulación.

Los productos fabricados desde 1 de Junio de 2015 tienen que llevar obligatoriamente la etiqueta que corresponde con la nueva legislación CLP. Los envases etiquetados y puestos en el mercado antes del 1 de junio de 2015, pueden venderse sin ningún problema con la antigua etiqueta hasta el 1 de Junio de 2017.

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